Reglamento sobre Rendimiento Académmico Estudiantil.
abril 20, 2020
Resolución 2003-084
Dado el contenido de esta resolución,
aprobada el 31 de mayo del año 2003, derogando la Res. No. 98-037, consideramos
indispensable que todo estudiante la conozca por completo.
- DEL CICLO BÁSICO
Capitulo II: Articulo 2: Se llama
Ciclo Básico, al conjunto de asignaturas de formación general básica que son
fundamentales para todas las carreras que se imparten en la UASD y que serán
incluidas, parcial o totalmente, en todos los planes de estudios actuales, al
inicio de las carreras, en los primeros cuatros semestres de estudio
vigente.
Es muy importante que sepas que el
Ciclo Básico fue creado por el Consejo Universitario por medio de la Resolución
No. 93-108, de fecha 21 de Junio de 1993.
¿Cuáles son las asignaturas del
Ciclo Básico?
- DE LAS ASIGNATURAS Y LOS CRÉDITOS DEL CICLO BÁSICO
Capitulo III: Artículo 3: Constituirá
un crédito académico el valor en horas impartidas que tiene cada
asignatura.
Artículo 4: El estudiante deberá
cursar todas las asignaturas del Ciclo Básico para poder inscribir asignaturas
del quinto semestre del pensum de su carrera.
- DE
LA CARGA ACADÉMICA
Capitulo IV: Artículo 5: La carga
académica es la cantidad de créditos que son inscritos por el estudiante en un
semestre. La carga académica semestral para el estudiante depende de los
siguientes factores:
1. El periodo (tanda) de la docencia que
sea seleccionada por el estudiante.
2. El rendimiento académico del
estudiante en el semestre anterior.
3. El status o condición académica del
estudiante
4. La disponibilidad de docencia de la
Universidad.
Artículo 7: La carga académica dependerá
del rendimiento del semestre anterior. Si ha reprobado asignaturas, su carga
académica, será no mayor que el número de créditos cursados en el semestre
anterior.
- ÍNDICE ACADÉMICO
Artículo 9: El índice académico refleja
el rendimiento global del estudiante en un periodo determinado, ya sea referido
a las asignaturas del semestre recién cursado, a las asignaturas de los
semestres cursados hasta ese momento o puede referirse a las asignaturas de
todos los semestres cursados que corresponden a la carrera.
Artículo 10: El índice académico será el
indicador que servirá para evaluar globalmente el aprovechamiento académico del
estudiante desde su ingreso a la Universidad hasta concluir sus estudios, y
además, mide su rendimiento, lo cual se empleará en base para determinar el
reconocimiento, condición académica, premiaciones, prestar ayuda económica,
conceder becas o préstamos, etc., o aplicar sanciones académicas, según el
caso.
El índice académico general acumulado de
asignaturas cursadas se calcula multiplicando la calificación final de cada
asignatura cursada, aprobada o no, en los diferentes semestres, por la
respectiva cantidad de créditos, sumando todos los productos así obtenidos, y
dividimos esta suma global, entre el total de los créditos correspondientes a esas
asignaturas cursadas. Esto se obtiene para fines de graduación como también se
puede obtener al finalizar el pensum de su carrera.
Artículo 11: El índice se calcula
multiplicando la calificación final de cada asignatura cursada por su cantidad
de créditos, sumando todos los productos y dividiendo la suma entre el total de
créditos. Se redondeará en una décima cuando la segunda cifra decimal sea igual
o mayor de 0.5, excepto en el índice utilizado para graduación.
DEL REPORTE DE
CALIFICACIONES
Capítulo IV: Artículo 12: El reporte de
calificaciones es el documento a través del cual se presentan todas las
puntuaciones obtenidas en la asignatura cursadas, por un estudiante, en un
semestre o hasta un momento determinado de su carrera. Toda calificación final
de 30 o menos puntos dará la asignatura como retirada y no se computará para
fines de índice académica.
Artículo 13: Habrá tres tipos de
reportes de calificaciones: semestral, general, final.
IAS:
Índice Académico Semestral
IAA:
Índice Académico Acumulado
CONDICIÓN ACADÉMICA
Capítulo VII: Artículo 14: La condición
académica es el resultado del rendimiento global obtenido por un estudiante y
reflejado en los índices semestrales acumulados de cada semestre y en el número
de veces que reprueba una misma asignatura. Los índices de los dos últimos
semestres cursados, con o sin interrupción, así como el número de veces que
reprueban una misma asignatura, indicarán la condición académica de los
estudiantes.
Artículo 16: La condición académica
conllevará a la baja estudiantil para aquellos estudiantes que por escaso
aprovechamiento de sus estudios, no justifiquen el esfuerzo que hace la UASD
para dotarlos como educación superior, con el nivel académico que demanden las necesidades del desarrollo de la sociedad
dominicana, el momento actual y las perspectivas futuras.
Artículo 17: La condición académica de
un estudiante, de acuerdo con su rendimiento académico, se clasifica en las
siguientes categorías:
- Normal
- Prevención académica
- Prueba académica
- Baja provisional
- Baja definitiva
DEL RETIRO ESTUDIANTIL
Artículo 40: Para retirar de manera
formal una o varias asignaturas, el estudiante deberá hacerlo ante la instancia
correspondiente agotando los procedimientos establecidos.
Artículo 41: El retiro informal es
cuando el estudiante abandona una o más asignaturas sin haber agotado los
procedimientos establecidos. Este tipo de retiro será penalizado como se
establece en este reglamento.
Artículo 45: Para retirar formal o
informal una asignatura, el estudiante deberá pagar diez veces el costo de la
asignatura, tantas veces como la retire, haciendo efectivo el pago al momento
del retiro de la misma o al inscribirse, salvo una situación de fuerza mayor
justificada por la Escuela correspondiente.
Artículo 46: El estudiante que haya
hecho retiro total de tres semestres, consecutivamente o no, deberá recibir
autorización de la Dirección de Orientación Profesional para reinscribirse
después de tercer retiro.
DE LA PREMIACIÓN AL
RENDIMIENTO ACADÉMICO
Artículo 87: La Universidad otorgará
premios a los estudiantes que obtengan alto rendimiento académico, como forma
de incentivar el esfuerzo y la dedicación. Con tal propósito, quedan
instituidos los siguientes premios:
1. Premios:
a) Premio Amín Abel Hasbún: Este premio
será concedido bajo los siguientes criterios:
* Se concederá sólo a los estudiantes
con un índice académico no menor de 80 puntos.
* Se tomará en cuenta la participación
del estudiante en los organismos de cogobierno y/o en la Federación de
Estudiantes Dominicanos.
* El estudiante debe tener su hoja de
vida en la institución libre de sanciones.
b) Reconocimiento al Mérito Estudiantil:
En el mes de Octubre de cada año la Universidad realizará un acto denominado
“Reconocimiento al Mérito Estudiantil”, en el cual se otorgará los siguientes
premios:
·
Un premio en metálico
y/o especie para los tres estudiantes que al momento tengan los índices
académicos más altos, así como certificado de reconocimiento. Los montos de los
premios serán fijados por el Sr. Rector, en cada ocasión.
·
Se entregará un
certificado de reconocimiento a cada uno de los estudiantes que en ese momento
tengan un índice académico de 85 puntos o más.
·
Cada facultad entregará
un premio en metálico y/o especie a los tres (3) estudiantes que hayan
alcanzado los índices más altos. Los montos de estos premios serán fijados por
el Consejo Directivo de dicha Facultad, en cada ocasión.
2. Honores Académicos:
- Título Cum Laude: será entregado a los graduandos que finalicen sus estudios con índice académico de 85 a 90 puntos.
- Título Magna Cum Laude: será entregado a los graduandos que finalicen sus estudios con índice académico de 90 a 95 puntos.
- Título Suma Cum Laude: será entregado a los graduandos que finalicen sus estudios con índice académico de 95 o más puntos.
Esperando que toda la información
suministrada en esta entrada te haya servido de mucho conocimiento, esfuérzate
al máximo por lograr tus objetivos y en todo lo que hagas sé excelente y el/la
mejor.
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