Reglamento sobre Rendimiento Académmico Estudiantil.

abril 20, 2020



Resolución 2003-084
Dado el contenido de esta resolución, aprobada el 31 de mayo del año 2003, derogando la Res. No. 98-037, consideramos indispensable que todo estudiante la conozca por completo.


  • DEL CICLO  BÁSICO

Capitulo II: Articulo 2: Se llama Ciclo Básico, al conjunto de asignaturas de formación general básica que son fundamentales para todas las carreras que se imparten en la UASD y que serán incluidas, parcial o totalmente, en todos los planes de estudios actuales, al inicio de las carreras, en los primeros cuatros semestres de estudio vigente. 

Es muy importante que sepas que el Ciclo Básico fue creado por el Consejo Universitario por medio de la Resolución No. 93-108, de fecha 21 de Junio de 1993. 

¿Cuáles son las asignaturas del Ciclo Básico? 




  • DE LAS ASIGNATURAS Y LOS CRÉDITOS DEL CICLO BÁSICO

Capitulo III: Artículo 3: Constituirá un crédito académico el valor en horas impartidas que tiene cada asignatura. 

Artículo 4: El estudiante deberá cursar todas las asignaturas del Ciclo Básico para poder inscribir asignaturas del quinto semestre del pensum de su carrera. 


  • DE LA CARGA ACADÉMICA


Capitulo IV: Artículo 5: La carga académica es la cantidad de créditos que son inscritos por el estudiante en un semestre. La carga académica semestral para el estudiante depende de los siguientes factores:

1. El periodo (tanda) de la docencia que sea seleccionada por el estudiante.
2. El rendimiento académico del estudiante en el semestre anterior.
3. El status o condición académica del estudiante
4. La disponibilidad de docencia de la Universidad.

Artículo 7: La carga académica dependerá del rendimiento del semestre anterior. Si ha reprobado asignaturas, su carga académica, será no mayor que el número de créditos cursados en el semestre anterior.

  •  ÍNDICE ACADÉMICO


Artículo 9: El índice académico refleja el rendimiento global del estudiante en un periodo determinado, ya sea referido a las asignaturas del semestre recién cursado, a las asignaturas de los semestres cursados hasta ese momento o puede referirse a las asignaturas de todos los semestres cursados que corresponden a la carrera.

Artículo 10: El índice académico será el indicador que servirá para evaluar globalmente el aprovechamiento académico del estudiante desde su ingreso a la Universidad hasta concluir sus estudios, y además, mide su rendimiento, lo cual se empleará en base para determinar el reconocimiento, condición académica, premiaciones, prestar ayuda económica, conceder becas o préstamos, etc., o aplicar sanciones académicas, según el caso.

El índice académico general acumulado de asignaturas cursadas se calcula multiplicando la calificación final de cada asignatura cursada, aprobada o no, en los diferentes semestres, por la respectiva cantidad de créditos, sumando todos los productos así obtenidos, y dividimos esta suma global, entre el total de los créditos correspondientes a esas asignaturas cursadas. Esto se obtiene para fines de graduación como también se puede obtener al finalizar el pensum de su carrera.

Artículo 11: El índice se calcula multiplicando la calificación final de cada asignatura cursada por su cantidad de créditos, sumando todos los productos y dividiendo la suma entre el total de créditos. Se redondeará en una décima cuando la segunda cifra decimal sea igual o mayor de 0.5, excepto en el índice utilizado para graduación.

  •  DEL REPORTE DE CALIFICACIONES

Capítulo IV: Artículo 12: El reporte de calificaciones es el documento a través del cual se presentan todas las puntuaciones obtenidas en la asignatura cursadas, por un estudiante, en un semestre o hasta un momento determinado de su carrera. Toda calificación final de 30 o menos puntos dará la asignatura como retirada y no se computará para fines de índice académica.

Artículo 13: Habrá tres tipos de reportes de calificaciones: semestral, general, final.

IAS: Índice Académico Semestral
IAA: Índice Académico Acumulado



  •  CONDICIÓN ACADÉMICA

Capítulo VII: Artículo 14: La condición académica es el resultado del rendimiento global obtenido por un estudiante y reflejado en los índices semestrales acumulados de cada semestre y en el número de veces que reprueba una misma asignatura. Los índices de los dos últimos semestres cursados, con o sin interrupción, así como el número de veces que reprueban una misma asignatura, indicarán la condición académica de los estudiantes.

Artículo 16: La condición académica conllevará a la baja estudiantil para aquellos estudiantes que por escaso aprovechamiento de sus estudios, no justifiquen el esfuerzo que hace la UASD para dotarlos como educación superior, con el nivel académico que demanden  las necesidades del desarrollo de la sociedad dominicana, el momento actual y las perspectivas futuras.

Artículo 17: La condición académica de un estudiante, de acuerdo con su rendimiento académico, se clasifica en las siguientes categorías:


  •  Normal
  •  Prevención académica
  •  Prueba académica
  •  Baja provisional
  •  Baja definitiva

  •  DEL RETIRO ESTUDIANTIL

Artículo 40: Para retirar de manera formal una o varias asignaturas, el estudiante deberá hacerlo ante la instancia correspondiente agotando los procedimientos establecidos.

Artículo 41: El retiro informal es cuando el estudiante abandona una o más asignaturas sin haber agotado los procedimientos establecidos. Este tipo de retiro será penalizado como se establece en este reglamento.

Artículo 45: Para retirar formal o informal una asignatura, el estudiante deberá pagar diez veces el costo de la asignatura, tantas veces como la retire, haciendo efectivo el pago al momento del retiro de la misma o al inscribirse, salvo una situación de fuerza mayor justificada por la Escuela correspondiente.

Artículo 46: El estudiante que haya hecho retiro total de tres semestres, consecutivamente o no, deberá recibir autorización de la Dirección de Orientación Profesional para reinscribirse después de tercer retiro.


  •  DE LA PREMIACIÓN AL RENDIMIENTO ACADÉMICO

Artículo 87: La Universidad otorgará premios a los estudiantes que obtengan alto rendimiento académico, como forma de incentivar el esfuerzo y la dedicación. Con tal propósito, quedan instituidos los siguientes premios:

1. Premios:

a) Premio Amín Abel Hasbún: Este premio será concedido bajo los siguientes criterios:
* Se concederá sólo a los estudiantes con un índice académico no menor de 80 puntos.
* Se tomará en cuenta la participación del estudiante en los organismos de cogobierno y/o en la Federación de Estudiantes Dominicanos.
* El estudiante debe tener su hoja de vida en la institución libre de sanciones.

b) Reconocimiento al Mérito Estudiantil: En el mes de Octubre de cada año la Universidad realizará un acto denominado “Reconocimiento al Mérito Estudiantil”, en el cual se otorgará los siguientes premios:

·         Un premio en metálico y/o especie para los tres estudiantes que al momento tengan los índices académicos más altos, así como certificado de reconocimiento. Los montos de los premios serán fijados por el Sr. Rector, en cada ocasión.
·         Se entregará un certificado de reconocimiento a cada uno de los estudiantes que en ese momento tengan un índice académico de 85 puntos o más.
·         Cada facultad entregará un premio en metálico y/o especie a los tres (3) estudiantes que hayan alcanzado los índices más altos. Los montos de estos premios serán fijados por el Consejo Directivo de dicha Facultad, en cada ocasión.

2. Honores Académicos:


  • Título Cum Laude: será entregado a los graduandos que finalicen sus estudios con índice académico de 85 a 90 puntos.
  • Título Magna Cum Laude: será entregado a los graduandos que finalicen sus estudios con índice académico de 90 a 95 puntos.
  • Título Suma Cum Laude: será entregado a los graduandos que finalicen sus estudios con índice académico de 95 o más puntos. 




Esperando que toda la información suministrada en esta entrada te haya servido de mucho conocimiento, esfuérzate al máximo por lograr tus objetivos y en todo lo que hagas sé excelente y el/la mejor.

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